jueves, febrero 18, 2010
YMCA
Frey Manuel Fernández de Santa Cruz
1. Nací el 19 de agosto de 1963 en la Ciudad del Marqués del Valle, Provincia de Veracruz, Estados Unidos Mejicanos.
2. septiembre de 2002 Asistimos mi barragana Leonor de Cáceres y Acevedo y yo Frey Manuel Fernández de Santa Cruz, a las oficinas del Instituto Nacional de Vivienda (INVI) en el Barrio de Tlaxpana en la Ciudad de Santiago de Méjico Distrito Federal, para solicitar información de créditos hipotecarios con el fin de obtener una vivienda de interés social. En el INVI nos informaron que el proceso para que nosotros lográremos obtener una vivienda era, al través de grupos establecidos por los partidos políticos, para ello nos recomendaron el grupo de el abogado José Jerónimo López de Peralta Villar de Villamil y Primo, éste se hallaba en la Calle de Medina Sidonia 41 Colonia (barrio) Calahorra Delegación Motecuhzoma en la Ciudad de Santiago de Méjico, Distrito Federal Estados Unidos Mejicanos.
3. septiembre 2002 Mi barragana Leonor de Cáceres y Acevedo y yo Frey Manuel Fernández de Santa Cruz nos apersonamos en la Calle de Medina Sidonia 41 Colonia (barrio) Calahorra Delegación Política Motecuhzoma en la Ciudad de Santiago de Méjico Distrito Federal, en las oficinas de el Partido Acción Nacional (PAN) donde laboraba el abogado José Jerónimo López de Peralta Villar de Villamil y Primo, éste nos explicó el funcionamiento de los grupos formados para la adquisición de vivienda, nos informó a propósito de cuáles documentos personales nuestros debíamos entregarle nosotros a él (los documentos que él recuestaba eran: Acta de Nacimiento de nosotros, comprobante de domicilio nuestro, identificación oficial, etcétera) y nos informó también de los costos de inscripción y aportaciones para la manutención de ese grupo.
Mi amante Leonor de Cáceres y Acevedo y yo Frey Manuel Fernández de Santa Cruz aceptamos los términos y realizamos el trámite ante ese abogado José Jerónimo López de Peralta Villar de Villamil y Primo.
4. febrero 2003 El abogado José Jerónimo López de Peralta Villar de Villamil y Primo a mi amante y a mí Frey Manuel Fernández de Santa Cruz nos presentó a la señora Malinalli Tenepal. Esta señora Malinalli Tenepal nos informó que el abogado José Jerónimo López de Peralta Villar de Villamil y Primo le estaba haciendo sus trámites de escrituración de su edificio de ella y, nos informó también que desde que ese abogado le hacía sus trámites a ella, sus gestiones se resolvían de manera expedita.
5. junio 2003 El abogado José Jerónimo López de Peralta Villar de Villamil y Primo nos comentó a mi amante y a mí que la señora Malinalli Tenepal, tenía un comprador para su edificio sita Calle del Príncipe Felipe de Borbón número 69 Colonia Hipódromo de la Condesa de Miravalle, Delegación Política Emperador Carlos V en la Ciudad de Santiago de Méjico Distrito Federal, ese jurisperito nos dejó claramente establecido que para estar en posibilidad de realizar esa venta, la señora Malinalli Tenepal necesitaba urgentemente SESENTA Y OCHO MIL PESOS MEJICANOS. Esta suma de dinero que la señora Malinalli Tenepal requería era para pagar impuestos de ese mismo predio que estaba por vender.
El leguleyo José Jerónimo López de Peralta Villar de Villamil y Primo nos recuestó el préstamo de esa supradicha suma de SESENTA Y OCHO MIL PESOS MEJICANOS para subvenir a la señora Malinalli Tenepal, con la indefectible promesa de que esta señora Malinalli Tenepal, nos devolvería esa suma más otra cantidad extra en el término perentorio de unos días. Yo como respuesta a esa recuesta le dije que no contaba yo con esa suma para ofrecerla en préstamo a esa señora Malinalli Tenepal. Durante este mes el abogado José Jerónimo López de Peralta Villar de Villamil y Primo en repetidas ocasiones nos hizo la recuesta de esa suma para esa señora, a lo que yo siempre respondí que yo Frey Manuel Fernández de Santa Cruz no contaba con esa suma de dinero.
6. julio 2003 En los primeros días de este mes julio 2003 la señora Malinalli Tenepal me pidió, en vez de la suma de dinero supracitada, que le prestara mi vehículo automotor tipo "pick up" marca Chrysler RAM 1500 color rojo flama modelo 1999 matrícula 936 PWH, para garantizar los pagos pendientes de su edificio sita Calle Príncipe Felipe de Borbón número 69 Colonia Hipódromo de la Condesa de Miravalle Delegación Política Emperador Carlos V en la Ciudad de Santiago de Méjico Distrito Federal. Esta señora se comprometía a devolverme mi camioneta "pick up" en el plazo de un mes y, como agradecimiento por haberla ayudado asimismo la señora Malinalli Tenepal se comprometía a obsequiarme con la cantidad de CINCUENTA Y OCHO MIL PESOS MEJICANOS, toda vez que esa señora Malinalli Tenepal recibiría en pago de el inmueble la suma de TRES MILLONES DE PESOS MEJICANOS.
7. 17 julio 2003 Asentí a presentarle mi "pick up" a esa señora Malinalli Tenepal para lo cual signamos un CONVENIO PRIVADO DE OBLIGADO DEPOSITARIO. En el convenio se asienta que yo Frey Manuel Fernández de Santa Cruz le presto mi "pick up", y la señora ésta se compromete a devolvérmela en un plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES, más la cantidad de CINCUENTA Y OCHO MIL PESOS MEJICANOS. El abogado José Jerónimo López de Peralta Villar de Villamil y Primo y, el señor Nuño de Guzmán y Ovando firmaron como testigos en el Convenio. (Nosotros contamos aquí en Montreal Canadá con fotocopias facsimilares de el documento invocado).
8. 17 agosto 2003 Nos constituimos mi amante Leonor de Cáceres y Acevedo y yo Frey Manuel Fernández de Santa Cruz en el domicilio de la señora Malinalli Tenepal ubicado éste en la Calle del Príncipe Felipe de Borbón número 69 Colonia Hipódromo de la Condesa de Miravalle Delegación Política Emperador Carlos V en la Ciudad de Santiago de Méjico Distrito Federal, Estados Unidos Mejicanos; observamos "in situ" que el edificio que Malinalli Tenepal vendía, ubicado éste en el domicilio multicitado de Príncipe Felipe de Borbón número 69, se hallaba mucho muy deteriorado al grado que el frontispicio ostentaba fijada una Orden de Clausura, Orden dada por el Ministerio de Protección Civil. La Orden rezaba la leyenda: "ZONA DE RIESGO PROHIBIDO HABITARLO". El percatarnos de esta anómala realidad nos produjo mucha desconfianza a mi amante señora Leonor de Cáceres y Acevedo y a mí Frey Manuel Fernández de Santa Cruz, toda vez y en virtud que el Edificio tenía las características de ser un edificio invadido por bellacos truhánes quiénes se dedicaban a la invasión de inmuebles abandonados por sus dueños.
Nos entramos al Edificio y hablamos con la señora Malinalli Tenepal a quien le solicité la devolución de mi "pick up" aunque fuera sin el dinero extra que ella había ofrecídosnos en obsequio. La señora Malinalli Tenepal me ofreció como respuesta que se había retrasado la venta del Edificio y, me instó a que la esperara una semana más para poder cumplir con el compromiso acordado en el Convenio Privado de Obligado Depositario.
9. Yo Frey Manuel Fernández de Santa Cruz estudié durante doce años la guitarra clásica en el Real Colegio de Nobles Artes (RCNA). Mi negocio era la producción de conciertos dicácticos los que yo organizaba con seis bailarines, veinte músicos, una maestra de ceremonias, la cajera quien era mi barragana, y tres personas vigilantes de los niños y de la entrada y salida de las personas en los teatros.
10. 25 agosto 2003 Mi amante Leonor de Cáceres y Acevedo y yo Frey Manuel Fernández de Santa Cruz nos apersonamos en el domicilio de la señora Malinalli Tenepal como habíamos acordado con ella. La señora Malinalli Tenepal no atendía las llamadas que hicimos ante su puerta. ya nunca más pudimos hablar con esta señora Malinalli Tenepal.
11. 03 septiembre 2003 Instruí una Denuncia de Hechos ante el Ministerio Público en la Delegación Virreyes de la Nueva España, ubicada ésta en la Calle de Francisco del Paso y Troncoso 211 esquina Fray Servando Teresa de Mier Noriega y Guerra en la Colonia (Barrio) Bernardo Díaz del Castillo. En esa Denuncia declaro yo Frey Manuel Fernández de Santa Cruz que le hube prestado mi "pick up" a la señora Malinalli Tenepal y que no me la había devuelto en lugar y fecha acordados.
12. 03 octubre 2003 El Ministerio Público emite el primer citatorio a la señora Malinalli Tenepal, requiríendola para que se apersone el día 14 de octubre de el año de Gracia de 2003 a responder mi Denuncia, se le acusa de responsable a ella en esa Denuncia por mi promovida. La Denuncia ostenta el número VC-3T23/3701/03-09. La señora Malinalli Tenepal no se presentó a esta cita, así ella violentó el Citatorio "ut supra" mencionado.
13. 15 octubre 2003 Orden de Presentación (¡inexplicablemente esta Orden presenta acuse de recibo de fecha 10 de octubre de el año de Dios de 2003!). El Ministerio Público requiere a la Señora Malinalli Tenepal, para ello gira esta Primera Orden de Presentación invitándola a presentarse. La señora Malinalli Tenepal no se apersona violentando así la Primera Orden de Presentación.
14. 15 octubre 2003 Orden de Presentación (¡misteriosamente esta Orden presenta acuse de recibo de fecha DIEZ de octubre de el año de nuestra era de 2003!). Merced de la corrupción que priva en Méjico esta Orden de Presentación ostenta también fecha de acuse de recibo CATORCE de noviembre de 2003, con esto evidenciamos los manejos corruptos y la connivencia que en este caso el sistema judicial mejicano tenía al lado de esta poderosa señora Tenepal.
15. 15 octubre 2003 Como por la falta de la "pick up" ya no podíamos cumplir los compromisos de conciertos musicales, nos vimos en la necesidad de abrir un comercio de cafetería. Abrimos nuestra cafetería denominada "EL LOGROÑO DEL MADROÑO" sito rúa Año de la Conquista número 1519 esto en el barrio de Calatrava Santiago de México Distrito Federal el día uno de noviembre de 2003. Yo, Frey Manuel Fernández de Santa Cruz, me hallaba en el Mercado de la Real Maestranza realizando las compras de acondicionamiento del Local de la cafetería cuando, vi a la señora Malinalli Tenepal en uno de sus puestos callejeros (en Méjico se les denomina "puestos ambulantes") ubicado en la Calle Xihuacóatl esquina con la rúa Centéotl en el Barrio de Santo Santiago, incontinenti me comuniqué por teléfono con el Oficial de la Policía Judicial señor Vicente Fox Quesada, cuya clave es la número 3677, lo informé dónde podía él entregarle la Orden de Presentación a la señora Malinalli Tenepal y, así podría presentarla ante el Ministerio Público en la Delegación Virreyes de la Nueva España. Treinta minutos más tarde los oficiales se apersonaron ante la señora Malinalli Tenepal y le hicieron la entrega de dicha Orden de Presentación. Indebidamente no la presentaron ante el Ministerio Público porque fueron sobornados con dineros, este aserto lo profiero ya que yo, Frey Manuel Fernández de Santa Cruz, hallábame oculto en el otro lado de la acera presenciando todos estos hechos. Tomé yo la decisión de no denunciar este cohecho por temor a represalias de parte de los policías judiciales a pesar que sabía yo al menos el nombre de uno de ellos, que su nombre es Vicente Fox Quesada cuya clave es la número 3677; muchas veces los policías en México están vinculados con el crimen organizado.
16. El Ministerio Público tipificó el delito de "abuso de confianza" y así, todo el expediente fue enviado a la Juez abogada Sagrario Guadalupe Ruiz de Apodaca quién lo rechazó pues a su fe no había delito qué perseguir. Ante esta realidad apelé y, la magistrada abogada Aránzazu Incháustegui Azanza, adscrita a la Sexta Sala Penal del Honorable Tribunal Superior de Jusitica del Distrito Federal, sita Rúa de Nuestra Señora de las Angustias esquina Calle de don Juan Manuel de Solórzano, sustentó perfectamente el delito de abuso de confianza. Esta abogada me preguntó cuál era mi interés, a lo que yo le manifesté que sólo pretendía recuperar mi "pick up" y que a mí no me interesaba más la suma pactada de CINCUENTA Y OCHO MIL PESOS MEJICANOS, dineros prometidos por la señora Malinalli Tenepal.
17. La magistrada abogada Aránzazu Incháustegui Azanza, ordenó a la juez abogada Sagrario Guadalupe Ruiz de Apodaca, girar la orden de detención en contra de la señora Malinalli Tenepal.
18. 12 mayo 2004 La aprehensión de la señora Malinalli Tenepal se verificó por el Oficial de la Policía Judicial de el Distrito Federal Vicente Guadalupe Font Mass adscrito al Juzgado 45 de lo Penal sita en el Penal Diego de Ordaz. El expediente en esta instancia presenta el número 41-2004 del Juzgado de lo Penal.
Yo Frey Manuel Fernández de Santa Cruz hablé frente a frente con el señor Íñigo de la Borbolla Azanza, a este señor le informé que yo sólo pretendía la recuperación de mi camioneta "pick up", le señalé que si su esposa señora Malinalli Tenepal me retornaba mi vehículo, yo retiraría los cargos en su contra y asimismo le conferiría yo el perdón. Mientras yo estuve hablando con este señor, llegó el abogado de su esposa, señora Malinalli Tenepal, a encontrarse con nosotros, el abogado nos informó que su cliente, señora Malinalli Tenepal, no estaba dispuesta a restituir la "pick up" ni a pagar ningún dinero, ese abogado nos aclaró que su cliente solía arreglar esos asuntos de otro modo y, me amenazó en el sentido que yo recibiría el resultado de mis denuncias con la frase que me enviaba decir la señora Malinalli Tenepal, su cliente: "¡y que el hideputa gilipollas se atenga a las consecuencias!".
19. Durante el Juicio la señora Malinalli Tenepal exige a la Juez Sagrario Guadalupe Ruiz de Apodaca que cite a mis tres hijas como testigos. Mis hijas son Lorenza Fernández Cocolixtli de diez años de edad, Jerónimo Fernández Cocolixtli de cinco años de edad y, Centéotl Fernández Cocolixtli de cuatro años de edad. La Juez Sagrario Guadalupe Ruiz de Apodaca asiente a esta recuesta interpelada de que sean solicitados mis hijas como testigos tres menores de edad, situación ilegal categóricamente ya que las leyes mejicanas no aceptan menores de edad como testigos, además que mis hijas no eran testigos "de visu" de todos esos hechos acaecidos.
La señora Malinalli Tenepal interpela en ese litigio la presencia de mis tres hijas como testigos, para ello la mayor parte del Juicio lo destinó a la búsqueda legal de mis tres hijas, esta búsqueda fue realizada en las siguientes instituciones gubernamentales: Ministerio de la Educación (ME), Instituto Politécnico Estatal (IPE), Real y Pontificia Universidad de Méjico (RPUM), Ministerio Mejicano de la Asistencia Social (MMAS), Instituto al Servicio de la Seguridad Social de los Trabajadores de el Estado (ISSSTE). NOSOTROS CONTAMOS CON LOS CITATORIOS GIRADOS A MIS HIJAS ANTE ESTAS INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES. Yo Frey Manuel Fernández de Santa Cruz no tenía la obligación legal de proporcionar datos personales de mis hijas además que yo no gozo de la custodia legal de esas hijas mías.
20. 12 abril 2005 El Juez de el Juzgado 45 de lo Penal, Licenciado Miguel de la Grúa Talamanca y Branciforte dictó sentencia: 1. Malinalli Tenepal es penalmente responsable del delito de abuso de confianza, por su comisión se le impone una sentencia de tres años dos meses siete días de prisión y una multa de DOSCIENTOS SETENTA Y UN DÍAS DE SALARIO MÍNIMO equivalente a ONCE MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE PESOS QUINCE CENTAVOS MEJICANOS. 2. La sentenciada Malinalli Tenepal debe reparar el daño causado por el delito de abuso de confianza debiendo restituir al ofendido Frey Manuel Fernández de Santa Cruz, un vehículo marca CHrysler tipo "pick up" RAM modelo 1999 color rojo flama número de serie 593735 o en su defecto, realizar el pago de la cantidad de SESENTA MIL PESOS MEJICANOS. 3. Se concede a la sentenciada Malinalli Tenepal la suspensión condicional de la ejecución de la pena, previa garantía exhibida en cualquiera de sus formas por la cantidad de OCHO MIL PESOS, previo pago de la reparación del daño.
21. La señora Malinalli Tenepal apela la sentencia ante el Muy Honorable Tribunal Superior de Justicia de Santiago de México Distrito Federal, cuyo número es el U/805/2005 Y, el Tribunal resolvió en el sentido que confirmó la Sentencia mencionada en el punto anterior 19.
22. La señora Malinalli Tenepal inconforme, interpuso un Juicio de Amparo cuyo número es 2123/2005 ante el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito (fuero federal), a cargo de la Magistrada abogada Aránzazu Geneviève Tremblay Villaluenga quien resolvió en el sentido que confirmó la Sentencia y la Apelación mencionadas "ut supra".
23. 28 septiembre 2005 La señora Malinalli Tenepal aún inconforme, interpuso una Revisión de Juicio ante la Suprema Corte de Jusiticia de la Nación bajo el número 1651/2005 quien resolvió en el sentido siguiente: "Se desecha por improcedente".
24. Al enterarnos mi amante y yo Frey Manuel Fernández de Santa Cruz de la Resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, nos entregamos a localizar físicamente a la señora Malinalli Tenepal ya que, esta señora había ilegalmente mudádose de domicilio sin ofrecer notificación ninguna de ello a las autoridades competentes en la materio, tal como la Ley lo estipula.
En esta búsqueda conocimos a la señora María Fernanda Cholula Tresguerras (María Fernanda Cholula Tresguerras vive en rúa Lope Díaz de Armendáriz 4411 Colonia Marqués de Cadereyta, Delegación Gaditana); a María Fernanda Cholula Tresguerras le narramos el problema que teníamos con la señora Malinalli Tenepal, la señora María Fernanda Cholula Tresguerras nos dijo que ella misma era también víctima de la señora Malinalli Tenepal pues, ésta la había despojado de su casa ubicada en la Rúa de La Real Acequia Colonia Virrey Revilla Gigedo en la Delegación Nonoalco-Tlaltelolco en la Ciudad de Santiago de Méjico Distrito Federal; la señora María Fernanda Cholula Tresguerras nos afirmó que si queríamos hallar a la señora Malinalli Tenepal, fuéramos a ese domicilio, que con grande seguridad allí encontraríamos a la recuestada Malinalli Tenepal, asimismo nos aclaró que tuviéramos cuidado porque la señora Malinalli Tenepal solía vengarse subrepticiamente de sus víctimas cuando éstas se defienden de los ilícitos actos de ella. Opera en mi poder copia facsimilar de un escrito de la señora María Fernanda CHolula Tresguerras dirigido al Procurador de Justicia del Distrito Federal señor dirigido al Procurador de Justicia del Distrito Federal señor Yves Porte Petit de L'île, en ese escrito la señora María Fernanda CHolula Tresguerras interpela ayuda ante las acciones ilícitas y abusos de la señora Malinalli Tenepal, quien se presenta como protegida suya de él y de otros personajes de la vida política vinculados con el Gobierno panista de la Ciudad de Santiago de México, siempre gobernantes de el Partido Acción Nacional (PAN), como son el pedófilo Marcial Maciel Degollado, Elba Esther Gordillo Morales quien fungía como delegada en Nonoalco-Tlaltelolco y su esposo Carlos Romero Deschamps, quiénes también han gozado de cargos públicos de poder en el seno del Gobierno de Méjico, siempre pertenecientes estos políticos al fascista Partido Acción Nacional (PAN).
25. 03 noviembre 2005 Mi barragana y yo fuimos a la Calle de La Real Acequia 211 Colonia Virrey Revilla Gigedo en la Delegación Nonoalco-Tlaltelolco en la Ciudad de Santiago de Méjico Distrito Federal, a observar si la señora Malinalli Tenepal se hallaba en ese domicilio; aproximadamente a las 22 horas la vimos entrar en este domicilio, por ello mi manceba y yo nos apersonamos en las oficinas de la Policía Judicial de el Distrito Federal sita Boulevard Tlahuizcalpantecuhtli casi esquina con la rúa arzobispo-virrey don Alonso Núñez de Haro y Peralta, con el fin de que se realizara la ejecución de la orden de reaprehensión de la señora Malinalli Tenepal de fecha 27 de octubre de 2005. La policía no pudo apoyarnos esa noche y nos apercibió que hasta al otro día llegarían los policías asignados a la investigación de esa señora para reaprehenderle, a ello obedece que mi amante y yo permanecimos frente a ese domicilio de la señora Malinalli Tenepal durante toda la noche.
26. 04 noviembre 2005 El hombre policía judicial entró en contacto con mi pareja y conmigo en el parque público "Virrey don Antonio de Mendoza", público jardín que se encuentra frente al número 211 de la Rúa de La Real Acequia Colonia Virrey Revilla Gigedo en la Delegación Nonoalco-Tlaltelolco de la Ciudad de Santiago de Méjico Distrito Federal; a las nueve de la mañana la señora Malinalli Tenepal salió de ese domicilio y, el agente policíaco Vicente Guadalupe Font Mass realizó la detención respectiva. Este policía recibió en oferta de Malinalli Tenepal la suma de VEINTIÚN MIL PESOS MEJICANOS con el fin que no la detuviera, el policía se negó a recibir ese cohecho, entonces la señora Malinalli Tenepal se dio a realizar llamadas telefónicas a partir de su móvil al pedófilo Marcial Maciel Degollado y a la señora diputada Elba Esther Gordillo Morales, el policía Vicente Jorge Font Mass más tarde nos informó que esta señora Malinalli Tenepal le produjo temor ya que se percató él que la señora Malinalli Tenepal goza de la protección de varios funcionarios, a tal grado fue tu miedo que se vio precisado en verificar que el documento de reaprehensión estuviera correctamente girado.
Finalmente el oficial de policía presenta a la señora Malinalli Tenepal a las 12 horas 51 minutos P M en el Reclusorio Femenil "rey don Carlos IV"; misteriosamente, evidencia de la corrupción que priva alrededor de esta señora Malinalli Tenepal: en ese Reclusorio Femenil rey don Carlos IV ya estaba el documento de misma fecha pero de once de la mañana con nueve minutos Oficio 8557 Diligencia 58, dirigido por la abogada Subdirectora Jurídica Carmen Romano y de Salinas de Gortari, para que la señora Malinalli Tenepal fuera trasladada al Juzgado 45 Penal de el Penal Diego de Ordaz, penal de el que salió gozando de su libertad nuevamente de manera inmediata gracias a este contacto con el poder (nosotros contamos con facsimilar de este documento supracitado).
27. 11 noviembre 2005 Después de dos años y tres meses de proceso legal, tiempo en el que casi a diario asistimos a las diferentes instancias y diligencias judiciales con el fin de evitar el tráfico de influencias con el que la señora Malinalli Tenepal cuenta, reicibimos el pago en reparación del daño, pago consistente en SESENTA MIL PESOS MEJICANOS. Hasta el día de hoy desconocemos el paradero de mi "pick up".
28. noviembre 2005 finales Tres vecinos de nuestro domicilio que habitábamos, mismo que localizaba la cafetería "EL LOGROÑO DEL MADROÑO", nos preguntaron si notábamos la frecuente presencia frente a la cafetería nuestra, de un par de sujetos que se encontraban en el interior de un vehículo CHrysler Neón color rojo sin placas de matriculación, coche siempre aparcado en el mismo sitio. Al inicio nosotros no tomábamos en consideración esa información.
29. 8 diciembre 2005 Me hallaba yo Frey Manuel Fernández de Santa Cruz con mi hija Covadonga Fernández de Cáceres en la esquina de la rúa Puebla de Hijar esquina de la rúa Cabildo Catedralicio, afuera de la tienda de regalos denominada "La Castellana", cigarrillos y dulces dónde solía diario comprar mis cigarrillos y un dulce para la niña. En saliendo me percaté que en el frente de ese comercio que yo abandonaba, estaba la señora Malinalli Tenepal en el interior de un banalizado automotor CHrysler Neón color rojo tipo patrulla pues que estos autos ostentan grandes defensas parachoques en color negro, no ostentan matrícula placa ninguna.
En ese momento dos hombres abandonaron el vehículo automotor en cuestión, uno de ésos llevaba una pistola en la mano derecha, se dirigieron ambos hacia mí y mi hija a quien yo llevaba en brazos. Reaccioné con presteza, corrí, afortunadamente logré dar alcance a un transporte público de mediana dimensión el que abordé, en ese instante le pedí a su conductor que cerrara la puerta de acceso y que se marchara de ese sitio en el acto mismo, dándole el porqué de mi prisa con la frase siguiente: "¡vámonos vámonos por favor, cierra la puerta porque esos tíos me vienen persiguiendo y no sé qué coños me quieren hacer!"; "ipso facto" el pequeño transporte público se pasó el rojo del semáforo ; los tíos que me seguían estaban en contrasentido por lo que no pudieron darnos alcance en su auto. Permanecí en ese pequeño transporte público hasta cuatro rúas dónde descendí de ese transporte público-privado para abordar el Sistema de Transporte Colectivo Metropolitano estación Gay Toisón de Zamarra. A partir de ese Metro me fui en él hasta el Metro estación Chalchihuite, en dónde abordé un taxi en dirección de casa de mi hermana Francisca Fernández de Santa Cruz sita Calle de las Atarazanas 101 Departamento CIENTO DOS Colonia Dragones de la Reina, Delegación Virreyes de la Nueva España, allí en ese domicilio de mi hermana me comuniqué por teléfono con mi amante Leonor de Cáceres y Acevedo, a quien le expliqué el infortunio desaguisado que acababa de acaecer a la niña y a mí, le pedí a Leonor de Cáceres y Acevedo que cerrara la cafetería in continenti y que se fuera a casa de su madre.
Leonor de Cáceres y Acevedo se fue al domicilio invocado sita Rúa Gaditana 2, Colonia (Barrio) Gran Señorío de Xaltocan, Delegación Política Nonoalco-Tlaltelolco, dónde se ubica la morada de la madre de ella. En esa morada Leonor de Cáceres y Acevedo permaneció oculta hasta el final de su estancia en los Estados Unidos Mejicanos.
Aproximadamente a las veinte horas recibí en mi teléfono móvil una llamada de una voz masculina ignota para mí, ese tío me dijo: "¡Hideputa gilipollas mal parido, que bien que la has hecho pero no por mucho tiempo! ¡mala ventura Dios te dé, hideuta!". El resultado de tantísima angustia que viví en el proceso judicial aunado a estas conminaciones de muerte, dejaron indeleble en mí Frey Manuel Fernández de Santa Cruz, un estado emocional alterado, estado que me impide conciliar el indefectible sueño.
30. 09 diciembre 2005 Habida cuenta que la multicitada Malinalli Tenepal goza de la connivencia en sus furtivas e ilegales fechorías de potentados del Gobierno mejicano, presonalidades que suelen matar con grande facilidad a sus enemigos políticos, me presenté ante el Ministerio Público ubicado en la rúa del Albérchigo esquina Calle de Valladolid, con el objeto de levantar el Acta y Denuncia de los hechos acontecidos el 8 de diciembre, el Ministerio Público en turno me dijo que mientras no me pasara nada a mí o a mi familia no procedería la Denuncia. El Ministerio Público añade que él no puede nada hacer absolutamente para ayudarme en el sentido que yo se lo pedía, en esto fue categórico. Que el sentido que yo interpelaba y recuestaba era que detuvieran a Malinalli Tenepal por el delito de "Amenazas".
Todo este tiempo mi hija Covadonga Fernández de Cáceres y yo permanecimos en la casa de mi hermana Francisca Fernández de Santa Cruz hasta mi salida a la Provincia de Veracruz.
31 11 diciembre 2005 Me mudé a la Provincia de Veracruz. Tuve que salir a la Provincia de Veracruz debido a que mi hermana Francisca Fernández de Santa Cruz se manifestó en contra de que yo estuviera en su casa pues, al estar yo allí en su casa de ella, yo ponía en peligro a ella y a su hijo Francisco Xavier Ñeguerola Fernández así como a nuestra madre Venancia Santa Cruz y Escobedo. Llegué a la Villa Rica de la Veracruz, Provincia de Veracruz, a casa de mi prima Rodriga Santa Cruz Heras sita Calle Diputación de Badajoz número 20 Colonia El Miquelet.
33. 04 enero 2006 De la casa de mi prima Rodriga de Santa Cruz Heras, amigos della nos sacaron ocultos dentro de unos bargueños a mi hija y a mí toda vez que los dos hombres que me persiguieron el día 8 de diciembre de 2005 ya estaban en la Villa Rica de la Veracruz, esos hombres oteaban la casa de mi prima Rodriga de Santa Cruz Heras todo el tiempo acechando frente a la casa della. Así ocultos dentro de los bargueños nos llevaron a la Ciudad de Orizaba en la Provinica misma de Veracruz, allí abordamos un autobús con dirección de la Ciudad de Méjico Distrito Federal, en esta Ciudad nos hospedamos mi hija Covadonga Fernández de Cáceres y yo, en el Hotel Conquistadores, ubicado sobre la Calzada de Iztapalapa esquina Plaza Mayor, lugar dónde permanecimos hasta el 21 de enero de el año de nuestra era de 2006.
34. 21 enero 2006 En la Ciudad de Santiago de México Distrito Federal, Estados Unidos Mejicanos, abordamos el avión que nos ha traído a Montreal, Canadá.
JFGEMP
"Operibus credite, et non verbis" ("dad crédito a mis obras, ya que no a mis palabras mis obras hablan más que mis palabras").
Don Quijote de la Mancha, II, CAP. XXV
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